¿Quién es de cuarta categoría?
Eres de cuarta categoría si prestas servicios de manera independiente —por tu profesión, arte u oficio— y los cobras con recibos por honorarios: consultores, diseñadores, desarrolladores, abogados, médicos, psicólogos, arquitectos y un largo etcétera. También entran las dietas de directores y similares.
Cómo se calcula el impuesto (2026)
El cálculo anual sigue estos pasos:
- Deducción del 20% sobre tus honorarios brutos, con tope de 24 UIT (S/ 132,000). No aplica a dietas. El resultado es tu renta neta de cuarta.
- Menos 7 UIT (S/ 38,500), una sola vez. Lo que queda es tu base imponible.
- Escala progresiva sobre esa base: 8% hasta 5 UIT, 14% hasta 20 UIT, 17% hasta 35 UIT, 20% hasta 45 UIT y 30% por encima.
En la práctica: si tras la deducción del 20% tu renta no pasa de S/ 38,500 al año, no pagas impuesto a la renta.
El pago a cuenta del 8%
Cada vez que emites un recibo por honorarios mayor a S/ 1,500, quien te paga (si es agente de retención) te retiene el 8%. Es un adelanto del impuesto anual. Si proyectas ingresos bajos, puedes evitarlo con la suspensión de retenciones.
¿Cuándo se paga?
El impuesto se regulariza en la declaración jurada anual del año siguiente. Y si además trabajas en planilla, tus rentas se suman: revisa cuarta y quinta categoría.