Qué es la renta cuarta-quinta categoría
La renta cuarta-quinta categoría es un régimen especial que aplica a ciertos cargos dentro de empresas: directores de sociedades anónimas, socios gestores de sociedades de personas y trabajadores de confianza que perciben remuneraciones de sus propias empresas.
Se llama «cuarta-quinta» porque combina características de ambas: como la cuarta, no genera beneficios laborales (vacaciones, CTS, gratificaciones); como la quinta, no permite la deducción del 20% de gastos presuntos. Es lo peor de los dos mundos en términos de carga tributaria, aunque el legislador lo justifica en que estos contribuyentes tienen mayor control sobre sus propias remuneraciones.
Quiénes tributan en cuarta-quinta
- Directores de empresas: los miembros del directorio de sociedades anónimas (SA, SAC, SAA) que perciben dietas por su participación en sesiones de directorio o por el ejercicio del cargo.
- Socios gestores: los socios de sociedades en comandita o de responsabilidad limitada (SRL) que participan activamente en la gestión y perciben remuneración por ello.
- Trabajadores de confianza que perciben remuneraciones de su propia empresa: el gerente general que también es socio mayoritario, por ejemplo. El criterio clave es que el trabajador tenga control o participación en la empresa que lo remunera.
Diferencias con cuarta y quinta ordinarias
- Sin deducción del 20%: en cuarta ordinaria, el 20% de tus honorarios se deduce automáticamente como gastos presuntos. En cuarta-quinta esa deducción no existe: toda la remuneración bruta entra a la base.
- Sin beneficios laborales: como en la cuarta ordinaria, no hay CTS, gratificaciones ni vacaciones pagadas.
- La empresa retiene el impuesto: igual que en quinta, es la empresa quien calcula y retiene el impuesto mensualmente, no el perceptor.
- Se suma en la declaración anual: si además tienes otros ingresos (cuarta ordinaria por consultorías externas o quinta ordinaria como empleado de otra empresa), todo se combina en la declaración anual de rentas de trabajo.
Cómo calcula la empresa la retención
La empresa que paga las dietas o remuneraciones cuarta-quinta debe retener el impuesto mensualmente, usando la escala del impuesto a la renta de trabajo (igual que quinta categoría) pero sobre el monto bruto sin aplicar el 20% de deducción.
En la práctica, muchas empresas pequeñas cometen errores aquí —especialmente con los directores que también son gerentes— y no aplican correctamente el régimen. Si tienes dudas sobre cómo te está reteniendo tu empresa, vale la pena revisarlo con un contador antes de la declaración anual.
Qué debes hacer en la declaración anual
La renta cuarta-quinta se declara junto con el resto de tus rentas de trabajo. En el formulario de SUNAT aparece en una sección separada de la cuarta ordinaria, porque no aplica el 20% de deducción.
Si tienes ingresos por honorarios independientes a clientes externos (cuarta ordinaria) además de las dietas del directorio (cuarta-quinta), el formulario los separa y aplica las deducciones correctas a cada uno. El resultado final es un solo impuesto sobre la suma de todas tus rentas de trabajo, descontando lo que ya retuvo la empresa.